DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS DE GESTIÓN, PROTECCIÓN Y ACCESO A LOS DOCUMENTOS, ARCHIVOS Y BIBLIOTECA DE LA BIBLIOTECA FRANCISCANA DE ARANTZAZU ACORDE A LA NORMATIVA ECLESIAL DE LA JURISDICCIÓN FRANCISCANA POR EL QUE SE ESTABLECEN DETERMINANDO ASEGURAR LA CORRECTA GESTIÓN DOCUMENTAL, CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO ARCHIVÍSTICO Y BIBLIOGRÁFICO, Y ESTIPULAR CLARAMENTE LOS PLAZOS DE ACCESO O CONSULTA PÚBLICA DE LOS DOCUMENTOS.


Tabla de Contenido

Naturaleza y fines

Documentos y Archivos: condiciones de préstamo

Tipos de préstamo

Acceso y Consulta de documentación

Instalaciones para consulta

Normativa Vigente


Naturaleza y fines

1.    Elementos destacados                    

La comunidad franciscana de Aránzazu, así como en conjunto de toda su provincia, conserva en los fondos de su biblioteca y archivo una multiplicidad de documentos, ya sean bibliográficos o de otra índole, que han sido reunidos, custodiados, protegidos durante mucho tiempo para ofrecerlos apropiadamente a la sociedad.

Los documentos que conforman la biblioteca con el fruto en la historia del pueblo de Gipuzkoa. La información que reflejan permite reconstruir las vicisitudes que ha vivido el santuario durante los últimos quinientos años. 

Los libros, manuscritos o impresos, así como las distintas colecciones bibliográficas y de archivo concentran el conocimiento acumulado  de personas y colectividades, ya sean literarias, pedagógicas, históricas, teológicas, culturales y de índole religiosa entorno al mundo franciscano y a Aránzazu. 

El Servicio de préstamo, mediante el cual, la Biblioteca del Santuario de Aránzazu, pone a disposición de sus usuarios, por un tiempo limitado, fuera y dentro del ámbito de la Biblioteca, su material bibliográfico y documental con ciertas restricciones limitadas en determinados materiales por prevención y conservación de dichas excepciones. 

2.    MATERIAL BIBLIOGRÁFICO Y DOCUMeNTAL OBJETO DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO.

Todo el material bibliográfico y documental es objeto de préstamo, con las siguientes excepciones: se excluyen las obras de referencia, revistas, obras del Fondo Antiguo y todas aquellas que por sus características peculiares y estado de conservación hagan aconsejable su consulta exclusiva en las instalaciones de la Biblioteca tales como:

  • Publicaciones periódicas de cierto valor patrimonial o de interés para el Santuario.
  • Manuscritos, incunables y obras publicadas con anterioridad a 1901.
  • Libros, documentos y mapas modernos agotados y de difícil reposición.
  • Libros, documentos, mapas y materiales audiovisuales muy consultados, de los que sólo se posea un ejemplar.
  • Atlas cartográficos, dibujos, estampas, grabados, etc
  • Aquellos otros materiales que, a juicio de la Biblioteca, deban ser preservados

Documentos y Archivos: condiciones de préstamo

La biblioteca de Aránzazu tiene la responsabilidad de velar por la conservación y correcta utilización de sus documentos, es por ello que se establecen ciertas restricciones en cuanto al acceso, investigación y publicación de la documentación que considera conveniente basándose en la normativa y legislación general que protege aspectos concretos como el derecho a la intimidad, al honor personal y familiar  y a la propiedad intelectual. Es por ello que documentos pertenecientes al archivo de los últimos 40 años permanece cerrada a la libre y pública consulta—con salvedades estipuladas que acrediten por escrito su legítimo interés o la investigación de un acontecimiento de gran relevancia social—. Además de lo mencionado anteriormente y con el fin de evitar deterioros, pérdidas o sustracciones, no se permitirá la salida o préstamos de documentos custodiados en los archivos. Solo en casos excepcionales y debidamente justificados el director de la Biblioteca podrá autorizar la salida circunstancial de la documentación tomándose las cautelas y garantías necesarias. 

Para poder utilizar el Servicio de Préstamo, es necesario estar registrado como usuario de la Biblioteca. La formalización del mismo se hará presentando el carné de usuario de la Biblioteca, el carné de identidad, o cualquier otro documento justificativo. El personal de la Biblioteca no podrá suministrar a un usuario o a organismos externos la información personal sobre los usuarios registrados en el sistema basándose en la Ley de Protección de datos. 

El número de materiales prestables y la duración del préstamo varían en función del tipo de usuario y tipo de material.


Tipos de préstamo

La duración y el número de materiales, que se pueden retirar, varía en función del tipo de usuario y material.

  • Préstamos especiales: para investigadores.
  • Préstamo por horas: La duración máxima del préstamo es de 3, 6 o 24 horas. El material bibliográfico y documental, objeto de este tipo de préstamo.
  • Préstamo por días: (21 días). Se aplica a documentos con una alto índice de circulación (generalmente manuales contemplados en la bibliografía básica).
  • Préstamos restringidos: consulta en sala para determinadas obras sujetas a características peculiares

La devolución fuera de plazo se penalizará con dos días de suspensión del derecho al préstamo por cada día y obra de retraso.


Acceso y Consulta de documentación

La biblioteca de Aránzazu cuenta con una sala de consulta proporcionando a los usuarios un cálido ámbito de estudio para la consulta y estudio de los documentos prestados. Además de ello, en caso de ser materiales restringidos para su préstamo fuera de la biblioteca, proporciona la custodia del documento para tal interesado reservándolo para futuras consultas. 

La biblioteca de Aránzazu dispone de un servicio de reprografía, digitalización y escaneo de los documentos que están sujetos a restricciones de préstamo y que solo se pueden consultar en sala ayudando así al usuario o investigador en sus tareas. Dicha reproducción de documentos se podrá llevar a cabo siempre que no deteriore el original, que no afecte al libro o documento y, siempre y cuando, sea una reproducción parcial. Queda terminantemente prohibido el fotocopiado de más del 20% del total de una publicación sujeta a derechos de propiedad intelectual.

Estas reproducciones están sujetas a unas tasas que se pueden consultar en el muro informativo de la biblioteca.


Instalaciones para consulta

Consulta en sala de estudio: Con este servicio se ofrece la posibilidad de consultar aquellos materiales de la biblioteca que por sus especiales condiciones no estén sujetos a préstamo. Además aquellos usuarios que no dispongan del carné de lector también pueden hacer uso de los mismos.

La consulta se efectuará generalmente en la sala de lectura que cuenta con 8 puestos de lectura y 1 terminal de ordenador con acceso a Internet. 

Las normas de obligado cumplimiento son:

  • Los teléfonos móviles deben permanecer silenciados.
  • Los libros consultados y ubicados en la propia sala deberán depositarse en los carritos librarios habilitados al efecto.
  • La biblioteca no se responsabiliza de los robos o pérdidas materiales sufridas por los usuarios.

WIFI: La Red Wifi está abierta e identificada con el nombre "INVITADOS". Mediante la utilización de esta red se puede navegar por Internet, de forma gratuita, desde un ordenador portátil, tableta o móvil.  La biblioteca cuenta con una terminal donde pueden consultarse materiales que ya estén actualmente digitalizados así como usarlo para las diferentes consultas del catálogo de la biblioteca.


Normativa vigente

En el «Código de Legislación Bibliotecaria Autonómica» se recogen y pueden consultar las distintas normativas bibliotecarias autonómicas.  En la Ley 11/2007, de 26 de octubre, de Bibliotecas de Euskadi se establecen las bases y estructuras fundamentales necesarias para la planificación, creación, organización, funcionamiento y coordinación del Sistema Bibliotecario de Euskadi, y también garantizar los servicios que faciliten el funcionamiento de las bibliotecas y el derecho de los ciudadanos a la lectura y al acceso a medios y contenidos informativos en el marco actual de la sociedad de la información y las nuevas tecnologías.– Asimismo, tiene por objeto regular el depósito bibliográfico de Euskadi. De ello hemos obtenido la información anteriormente descrita sobre el objeto de la política de préstamo de nuestra biblioteca. El objeto de esta Ley es establecer el régimen jurídico del derecho de acceso a los registros culturales y de información a través del Sistema de Bibliotecas y Centros de Documentación, y de las competencias de las Administraciones públicas en materia de bibliotecas y centros de documentación, así como regular el Depósito Patrimonial Bibliográfico.

20 de abril de 2022